Martes 6 de enero de 2026 – 00:09 WIB
Jacarta – Viceministro de Derecho (wamenkum) Edward Omar Sharif Hiariej revela los orígenes del artículo criminal sobre manifestaciones realizadas en la Ley Número 1 de 2023 relativa al Código Penal.
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«¿Por qué tiene que existir este artículo? Porque se basa en experiencias que han ocurrido en Sumatra Occidental», dijo el hombre conocido familiarmente como Eddy, en una conferencia de prensa en el Ministerio de Derecho, Yakarta, el lunes.
Eddy explicó que una de las manifestaciones en Sumatra Occidental provocó el bloqueo del tráfico, por lo que murió un paciente que viajaba en ambulancia.
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- tvOnenews/Abdul Gani Siregar
Por lo tanto, dijo, el artículo 256 Código Penal disponer que las personas que deseen manifestarse, manifestarse o desfilar, lo notifiquen previamente a las autoridades competentes. Además, las manifestaciones crearán atascos de tráfico.
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«Entonces, el objetivo es informar a las fuerzas de seguridad para que puedan regular el tráfico. Nuestra manifestación garantiza la libertad de expresión, pero también hay que recordar que los usuarios de la vía tienen derechos», recordó.
Nuevamente recordó al público que debían notificar a la policía sus planes de manifestarse porque ellos eran los encargados de controlar el tráfico.
«¿Por qué hay que avisar a las autoridades? El trabajo de las autoridades no es prohibir las manifestaciones. Sin embargo, las autoridades, en este caso la policía, regulan el tráfico para que no se violen los derechos de otros usuarios de la vía. Ésa es la cuestión», afirmó.
Mientras tanto, Eddy explicó que si la comunidad les hubiera informado de los planes para una manifestación y estallaba un motín, alguien anunciaría la agenda. manifestación o los coordinadores de manifestaciones no serán criminalizados por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
«Si estoy a cargo de una manifestación, informo a la policía y luego surgen problemas durante la manifestación, no se me puede acusar de ningún delito por haber informado», dijo.
Entonces, si el coordinador de la manifestación no informa sobre la manifestación planeada y no pasa nada o hay problemas, entonces no será castigado.
El artículo 256 del nuevo Código Penal dice: «Toda persona que, sin previo aviso a las autoridades, realice una marcha, manifestación o manifestación en la vía pública o lugar público que resulte en perturbación de los intereses públicos, cause disturbios o disturbios en la sociedad, será sancionada con pena privativa de libertad de hasta 6 (seis) meses o multa de hasta la categoría II».
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Mientras tanto, en el apartado explicativo del artículo del Código Penal, lo que se entiende por «perturbación del interés público» es el no funcionamiento o la inaccesibilidad de los servicios públicos debido a daños derivados de marchas, mítines o manifestaciones.
