Jueves 18 de diciembre de 2025 – 22:02 WIB
Jacarta — El experto en derecho constitucional Muhammad Rullyandi evalúa la declaración del presidente del Comité de Reforma para la Aceleración de la Reforma policia nacional (KPRP) Prof. Jimly Asshidiqie, quien sugirió el Reglamento de la Policía Nacional (Perpol) El número 10 de 2025 fue examinado ante el Tribunal Supremo (MA) como un punto de vista erróneo y no basado en un enfoque científico jurídico correcto.
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Rullyandi enfatizó que las críticas de Jimly resaltaron la omisión de la Decisión del Tribunal Constitucional (mk) El número 114 de 2025 en la sección Considerar y recordar del Perpol 10/2025 en realidad tiene el potencial de oscurecer el contenido del reglamento.
Según él, la Sentencia 114/2025 del Tribunal Constitucional en esencia no ordena cambios en las normas jurídicas que vinculan a la Policía Nacional, especialmente en lo que respecta a la colocación de miembro La Policía Nacional desempeña funciones civiles en ministerios o instituciones.
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«No hay ningún cambio en las normas jurídicas en la decisión que tiene implicaciones para la prohibición de la colocación de miembros activos de la Policía Nacional siempre que sigan relacionados con las funciones principales de la Policía Nacional», dijo Rullyandi a los periodistas, el jueves 18 de diciembre de 2025.
Explicó que las normas de la Ley de Policía Nacional que se refieren al artículo 30, párrafo (4), de la Constitución de 1945 y al artículo 13 de la Ley de Policía Nacional, es decir, el mantenimiento de la seguridad y el orden públicos (harkamtibmas), la aplicación de la ley, así como la protección, orientación y servicio a la comunidad, siguen en vigor y no están prohibidas por la Decisión 114/2025 del Tribunal Constitucional.
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Rullyandi añadió que la decisión del Tribunal Constitucional sólo confirmó las disposiciones del artículo 28, párrafo 3, de la Ley de la Policía Nacional y su explicación, que exige que los miembros de la Policía Nacional dimitan si ocupan puestos estructurales fuera del servicio de policía que no están relacionados con las funciones principales de la Policía Nacional.
«Esta confirmación es limitada y no se refiere a asignaciones que sean relevantes para las funciones policiales», afirmó.
Por esta razón, Rullyandi considera que Perpol 10/2025 es apropiado basarse únicamente en la Ley de Policía Nacional en su dictamen para considerar y recordar, incluida la inclusión de cambios al Reglamento del Jefe de Policía Nacional Número 4 de 2017 modificado por Perpol Número 12 de 2018.
El reglamento, continuó, regula estrictamente la colocación de puestos civiles en 17 ministerios e instituciones que se consideran acordes con las principales funciones de la Policía Nacional.
Además, enfatizó que la base legal para la emisión del Perpol 10/2025 es la autoridad de atribución del Jefe de Policía Nacional según lo regulado en el artículo 160 del Reglamento Gubernamental (PP) Número 11 de 2017 sobre Gestión de Funcionarios Públicos, que ha sido modificado por el PP Número 17 de 2020.
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Esta disposición enfatiza que los procedimientos y requisitos para los miembros activos de la Policía Nacional que ocupan los puestos del Aparato Civil Estatal (ASN) están regulados además por el Jefe de la Policía Nacional de la República de Indonesia.
