Sábado, 31 de enero de 2026 – 08:00 WIB
Jacarta – Proceso de determinación Adies Kadir como candidato hakim Tribunal Constitucional (mk) llevado por RPD Se considera que RI ha funcionado según los corredores legales y constitucionales.
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Esta evaluación fue transmitida por el experto en Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Jayabaya, Muhammad Rullyandi. Según él, el mecanismo para presentar solicitudes de jueces del Tribunal Constitucional está estrictamente regulado en la Constitución de la República de Indonesia de 1945 como enmienda, en particular en el artículo 24C, párrafos 3, 4 y 6.
Esta disposición exige que nueve jueces del MK sean nombrados cada uno por la RPD, el Presidente y la Corte Suprema, con una composición de tres personas de cada institución.
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«La elección de los jueces del Tribunal Constitucional a través de la Cámara de Representantes es un mecanismo legal y constitucional y ha sido claramente regulada en la Constitución de 1945», dijo a los periodistas el sábado 31 de enero de 2026.
Explicó que la Constitución de 1945 también otorgaba a cada institución proponente la autoridad para regular los procedimientos de selección de los futuros jueces del Tribunal Constitucional, como se confirma en el artículo 24C, párrafo 6.
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Las condiciones que deben cumplirse también incluyen integridad, personalidad irreprochable, equidad, un estadista que comprenda la constitución y la administración del Estado, así como otros requisitos administrativos.
Rullyandi destacó que el cambio del candidato a juez del Tribunal Constitucional propuesto originalmente por la RPD, de Inosentius Samsul a Adies Kadir, aún se encuentra dentro de la fecha límite de nominación del 3 de febrero de 2026.
Según él, este cambio puede estar justificado jurídicamente, teniendo en cuenta el desarrollo de la información sobre la colocación del nuevo cargo de Innosentius Samsul, que fue aprobada previamente por la RPD mediante sesión plenaria el 21 de agosto de 2025.
Estas condiciones, dijo, alentaron a la RPD a tomar medidas constitucionales reorganizando la serie de selección de candidatos a jueces del MK. Este proceso se llevó a cabo a través de la Comisión III de la RPD mediante la realización de una prueba de idoneidad, incluida la presentación de la visión y misión de Adies Kadir el 26 de enero de 2026.
Los resultados de la selección fueron luego aprobados por la Comisión III de la RPD y ratificados en la reunión plenaria de la RPD el 27 de enero de 2026.
Todas estas etapas, continuó Rullyandi, se han referido a las disposiciones de la Constitución de 1945, la Ley Número 24 de 2003 relativa al Tribunal Constitucional modificada por última vez por la Ley Número 7 de 2020, la Ley Número 13 de 2019 relativa al MPR, DPR, DPD y DPRD (UU MD3), así como el Reglamento Número 1 de la DPR de 2020 relativo al Reglamento de la Cámara de Representantes modificado por el Reglamento Número 1 de la DPR de 2020. 2025.
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Enfatizó que la Ley del Tribunal Constitucional regula explícitamente que el proceso de selección y nombramiento de jueces constitucionales debe realizarse de manera objetiva, transparente, responsable y abierta por cada institución proponente.

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