sábado 7 de marzo de 2026 – 21:44 WIB
Jacarta – Ministro Coordinador de Derecho, Derechos Humanos, Inmigración y Correccionales Yusril Ihza Mahendra confirmó que veredicto gratis del Director Ejecutivo de la Fundación Lokataru delpedro Marhaen y sus amigos (et al) son definitivos.
Explicó, con base en el artículo 299 del nuevo Código Procesal Penal (KUHAP), contra decisión la absolución (vrijspraak) o la absolución (ontslag) no pueden ser sometidas a ninguna acción legal por parte del fiscal, incluida la casación ante el Tribunal Supremo (MA).
«Por lo tanto, no se puede presentar más apelación porque aquí está terminado y no se pueden emprender acciones legales», dijo el ministro coordinador Yusril en una declaración en video confirmada en Yakarta, el sábado 7 de marzo de 2026.
Dijo que en la antigua KUHAP esto estaba realmente regulado, pero en la práctica los fiscales crearon la teoría de que las decisiones de absolución se dividían en dos, a saber, absolución pura y absolución impura.
Si la decisión absolutoria no es genuina, dijo, entonces el fiscal puede presentar un recurso de apelación. Sin embargo, el problema, dijo, es que hasta ahora los criterios para determinar si la libertad es pura o no no están muy claros. «Estas prácticas crean mucho caos en la aplicación de la ley», afirmó.
Además de Delpedro, hubo otros tres acusados que fueron absueltos, a saber, el personal de Lokataru, Muzaffar Salim, el administrador de Gejayan Menggum Syahdan Husein y el administrador de la Alianza Estudiantil demandante, Khariq Anhar.
Los cuatro acusados fueron absueltos tras ser declarados inocentes de la comisión de actos delictivos en el caso de presunta incitación a la manifestación de agosto de 2025 que acabó en caos.
Durante el juicio, se consideró que el fiscal no podía presentar pruebas que demostraran que había habido intentos de manipulación, fabricación o fabricación de hechos por parte de los acusados.
Así, la Sala de Jueces ordenó al Ministerio Público restituir los derechos de los imputados en cuanto a su capacidad, cargo, honor y dignidad.
Anteriormente, los cuatro acusados fueron condenados a dos años de prisión porque se los creía legal y convincentemente culpables de cometer un acto delictivo, es decir, participar en la comisión de un acto delictivo en público quejándose verbalmente o por escrito de que la gente cometiera actos delictivos, o incitando a la gente a luchar contra las autoridades públicas con violencia.
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En este caso, Delpedro y sus amigos fueron acusados de subir 80 contenidos colaborativos incendiarios con el objetivo de incitar al odio contra el gobierno del 24 al 29 de agosto de 2025. Se afirmó que los acusados subieron información electrónica en las redes sociales administradas por los cuatro acusados, que invitaban a los estudiantes a involucrarse en los disturbios. (Hormiga)