Las estaciones de servicio ahora deberán exhibir qué porcentaje de biocombustible tienen sus naftas y gasoil.
La Secretaría de Energía dispuso esta medida y centralizó los registros de naftas en la Dirección Nacional de Economía y Regulación de la Subsecretaría de Hidrocarburos.
Además del porcentaje de biocumbustible, las estaciones ya deben mostrar el número de octanaje y el contenido máximo de azufre.
La Resolución 553/2023 publicada este jueves en el Boletín Oficial modifica la Resolución 1283/2006, que establece las especificaciones que deben cumplir los combustibles que se comercializan en el país.