La Comisión III de la Cámara de Representantes y el Gobierno acuerdan llevar el proyecto de ley del Código de Procedimiento Penal al Pleno


Jueves 13 de noviembre de 2025 – 19:01 WIB

JacartaComisión III de la RPD RI aprobó el Proyecto de Ley (RUU) sobre Enmiendas a la Ley Número 8 de 1981 sobre el Código de Procedimiento Penal (KUHAP) que ha sido discutido para ser llevado a nivel de reunión plenario.

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Esto fue aprobado por todas las facciones de la Comisión III de la RPD de RI después de celebrar una reunión de decisión de nivel I con el gobierno. La reunión se celebró en la sala de reuniones de la Comisión III de la Cámara de Representantes de la República, en el Complejo Parlamentario, Senayan, en el centro de Yakarta.

La reunión estuvo presidida directamente por el Presidente de la Comisión III de la RPD de RI. Habiburokhman. También estuvieron presentes representantes del gobierno, el ministro de Estado, Prasetyo Hadi, el viceministro de Estado, Bambang Eko Suhariyanto, y el viceministro de Derecho, Eddy Hiariej.

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Inicialmente, el comité de trabajo (panja) presentó un informe sobre la revisión del KUHAP y continuó escuchando las opiniones de la facción.

Entonces todas las facciones acordaron hacerlo. Proyecto de ley del Código de Procedimiento Penal llevado al pleno. Habiburokhman pidió entonces la aprobación de todos los participantes en la reunión.

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«Estamos pidiendo a los miembros de la Comisión III y al gobierno que aprueben si el proyecto de ley del Código de Procedimiento Penal puede continuar en las discusiones de nivel II, es decir, la toma de decisiones sobre el proyecto de ley del Código de Procedimiento Penal que se programará en la próxima reunión plenaria de la RPD de RI, ¿de acuerdo?» dijo Habiburokhman.

«De acuerdo», dijeron los participantes, seguidos por Habiburokhman golpeando el mazo.

El KUHAP revisado contiene 14 sustancias, entre ellas:

En primer lugar, ajustes al derecho procesal penal teniendo en cuenta la evolución del derecho nacional e internacional.

En segundo lugar, adecuar la normativa del derecho procesal penal a los valores del nuevo Código Penal que enfatiza una orientación restaurativa, rehabilitadora y restitutiva para lograr el restablecimiento de la justicia sustantiva y las relaciones sociales entre perpetradores, víctimas y sociedad.

En tercer lugar, la afirmación del principio de diferenciación funcional en el sistema de justicia penal, es decir, la distribución proporcional de funciones entre investigadores, fiscales, jueces, abogados y líderes comunitarios para garantizar el profesionalismo y la rendición de cuentas.

Cuarto, mejorar las regulaciones relativas a la autoridad de los investigadores, investigadores y fiscales, así como fortalecer la coordinación interinstitucional para aumentar la eficacia y la rendición de cuentas del sistema de justicia penal.

Quinto, fortalecer los derechos de los sospechosos, acusados, víctimas y testigos, incluido el derecho a asistencia jurídica, asistencia de abogados, el derecho a un juicio justo e imparcial, así como la protección contra amenazas o violencia en cada etapa de la aplicación de la ley.

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Sexto, fortalecer el papel de los abogados como parte integral del sistema de justicia penal, incluida la obligación de ayudar a los abogados de los sospechosos o acusados ​​en cada etapa del interrogatorio, la obligación del Estado de brindar asistencia legal gratuita a ciertas partes, así como protección a los abogados en el desempeño de sus deberes profesionales.

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