El proyecto aprobado por unanimidad, fue trabajado intensamente en las reuniones de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos y tiene por objeto la actuación inmediata ante una presunta desaparición, y la creación de un Registro Único de Personas desaparecidas.
La norma ordena a funcionarios de la Policía y del Ministerio Público Fiscal a “receptar con urgencia la denuncia, sin que pudiere invocarse condición, plazo, formalidad, uso o costumbre”, que retarde el inicio de la búsqueda o investigación.
Además se considerará que una persona desapareció ante la ausencia del lugar de residencia habitual o ante el desconocimiento de su paradero por parte de familiares o terceros.
La denuncia podrá efectuarse de manera verbal o escrita, con o sin asistencia de letrados, ante cualquier dependencia estatal (policial o judicial).
El legislador Julián López, encargado de cerrar la ronda de argumentaciones expresó:
“Con este proyecto pretendemos dar un abordaje correcto a una de las cuestiones más delicadas y angustiantes que pueden experimentarse desde el punto de vista individual, familiar, y también social: la desaparición o extravío de una persona”.
Además agregó: “Mientras antes se inicie el procedimiento de búsqueda, menores son los riesgos a que la persona desaparecida está expuesta”.
Otro de los puntos que contiene el proyecto es la creación de un Registro Único de personas desaparecidas en la provincia, que será una herramienta imprescindible en los casos de denuncias que no son seguidas por apariciones inmediatas.