El Sindicato del Personal de Casas de Familia (SINPECAF) informó cómo se calcula el período de vacaciones de las trabajadoras domésticas. Todas las empleadas domésticas, sean mensualizadas o trabajadoras por hora, tienen el derecho de tomarse vacaciones pagas.
La duración de las vacaciones dependerá de la antigüedad que tenga el trabajador. Le corresponderán los siguientes días:
- Catorce (14) días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera mayor de seis (6) meses y no exceda de cinco (5) años;
- Veintiún (21) días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera superior a cinco (5) años y no exceda de diez (10) años;
- Veintiocho (28) días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera superior a diez (10) años y no exceda de veinte (20) años;
- Treinta y cinco (35) días corridos cuando la antigüedad en el servicio fuera superior a veinte (20) años
Vale aclarar que la antigüedad se calcula en base al período que el trabajador realizó sus tareas hasta el 31 de diciembre del año en que le corresponda las vacaciones. Las mismas deben iniciar el primer día semanal de trabajo habitual o el siguiente en el caso de caer feriado.
Las fechas de vacaciones deben ser fijados por el empleador con 20 días de anticipación. Los mismos deberán ser entre el 30 de noviembre hasta el 30 de marzo.
No obstante, el empleado puede solicitar el fraccionamiento del período para otras épocas del año. Igualmente, se debe garantizar un período de licencia de corrido no inferior a 2/3 del total (si las vacaciones son de 21 días, el trabajador debe tomarse un período de 14 días corridos).
Las vacaciones se deben pagar al inicio de las mismas. Según el AFIP, el monto a pagar se calcula multiplicando el número de días que hubiera tenido que prestar servicios en el período de vacaciones por el salario diario percibido.
Fuente: Cba24n.
1 comentario
Realmente esta era exactamente la información que estaba buscando,
muchas gracias por compartirla. Saludos!