Miércoles, 25 de febrero de 2026 – 14:41 WIB
Jacarta – Dos ciudadanos indonesios llamados Raden Nuh y Dian Amalia demandaron UU. Elección al Tribunal Constitucional (mk). Ambos pidieron al Tribunal Constitucional que lo prohíba familia por sangre o por sangre presidente o el vicepresidente en ejercicio para nominarse como candidatos presidenciales y/o vicepresidentes.
La demanda está registrada con el Número de Caso 81/PUU-XXIV/2026 y cuestiona el artículo 169 de la Ley Número 7 de 2017 sobre Elecciones Generales (Ley Electoral).
En su petitum, los petitums solicitaron al Tribunal Constitucional que declare que el artículo 169 de la Ley Electoral es contrario a la Constitución de 1945 y no tiene fuerza jurídica vinculante siempre que no se interprete en el sentido de que la candidatura presidencial y/o vicepresidencial debe estar libre de conflictos de intereses originados por consanguinidad o relaciones familiares conjuntas con el Presidente y/o Vicepresidente que actualmente se desempeña durante un período de poder.
Ambos argumentan que, como votantes, tienen el potencial de perder su libertad de tomar decisiones políticas independientes si hay candidatos que estén relacionados con el actual presidente o vicepresidente.
«Se considera que al menos los solicitantes aportan legitimidad o están de acuerdo con la práctica del nepotismo, lo que es una violación de la ley aplicable, porque en el par de candidatos presidenciales y vicepresidentes elegidos por los solicitantes, uno de ellos es el perpetrador o al menos la persona que se beneficia de la práctica del nepotismo», se cita en la petición del miércoles 25 de febrero de 2026.
El solicitante dijo que él, como votante potencial, no tiene la oportunidad de elegir libremente a un candidato presidencial de su propia elección si hay un familiar del presidente o vicepresidente en ejercicio que se postula. Según el demandante, esto lo posicionaría como partidario de la práctica del nepotismo.
«En un sentido amplio, el nepotismo se aplica básicamente a situaciones muy especiales, es decir, cuando alguien utiliza su posición para obtener beneficios, a menudo en forma de empleo para miembros de su familia», escribió.
Consideran que, si bien el artículo 169 de la Ley Electoral contiene diversos requisitos administrativos y éticos que van desde disposiciones de edad, trayectoria jurídica, hasta lealtad a la constitución, no existe una sola cláusula que regule explícitamente la prohibición de conflictos de intereses basados en relaciones familiares con los titulares.
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El artículo 169 de la Ley Número 7 de 2017 regula una serie de requisitos para los candidatos presidenciales y vicepresidentes, como ser devoto de Dios Todopoderoso, tener la condición de ciudadano indonesio desde su nacimiento, nunca haber cometido un delito grave, tener al menos 40 años (o haber ocupado actualmente un cargo elegido mediante elecciones), así como varios otros requisitos administrativos.
